Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano Alí Gustavo Chirinos Quevedo venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-13.856.181, contra la sociedad Mercantil "Automotriz Doctor Shine, c.a." de este domicilio inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de agosto de 2003, bajo el n° 99, Tomo 787-A Qto. En consecuencia se ordena a la demandada a pagar al demandante los conceptos condenados en la motiva del presente fallo, para lo cual se ordena reali.....