Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por el ciudadano JOSE LUIS OJEDA VELOZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-9.651.292 debidamente asistido por la abogada SOFIA ORTEGA RIOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 76.406 en su carácter de trabajador, y por la entidad de trabajo STANHOME PANAMERICANA CA, la abogada MARINELA VERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 78.683. SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: se ordena el cierre y archivo del.....