DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana LILIANA DESSIREE RODRIGUEZ, cédula de identidad No. 15.737.041 contra la entidad de trabajo A.C.P. INVERSIONES INTEGRALES DEL CENTRO, C.A por prestaciones sociales y otros conceptos.
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo A.C.P. INVERSIONES INTEGRALES DEL CENTRO, C.A a pagar a la ciudadana LILIANA DESSIREE RODRIGUEZ, cédula de identidad No. 15.737.041 la cantidad de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES (Bs.28.561,00), por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales dada la terminación de la relación indicada en la parte motiva de la presente decisión.
Se ordena el pago d.....