Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ROBERTO RENE HERMOSILLO KEY, asistido por la abogada Luisa Gioconda Yaselli Parés, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 134-10-2016 de fecha 3 de octubre de 2016, emanada del INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA MUNICIPAL DE SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en consecuencia queda firme el acto administrativo recurrido.