Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por el ciudadano: LEONEL JOSE ASCANIO MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.490.501 debidamente asistido por la abogada LEONELYS ASCANIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 311.242,en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado contentivo de la venta del inmueble constituido por un (01) anexo signado como vivienda "B" que se encuentra ubicado en la Calle Atamaica N°115, cruce con Cuarta Avenida de la Urbanización la Maracayá, Parroquia Joaquín Crespo Municipio Girardot del estado Aragua, cuenta con una superficie de CIENTO CUARENTA Y.....