-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana DILIA LOPEZ BERMUDEZ, en su condición de Fiscal Centésima Tercera del Ministerio Público, en representación de los niños (...), quienes se encuentran representados por su progenitora YENNY MARGARITA FLORRES FRANKLIN, contra el ciudadano VICTOR JOSE VEGA MEDINA, todos plenamente identificados a los autos, en consecuencia, se fija la Obligación Alimentaria en el monto de BOLIVARES CIENTO CINCUENTA MIL (150.000,00) mensuales, pagaderos en partidas quincenales de BOLIVARES SETENTA Y CINCO MIL (75.000,00), descontados de nómina del sueldo del obligado los días quince y último de cada mes, y entregadas .....