Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios   Girardot   y   Mario   Briceño  Iragorry   de    la   Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara  CON LUGAR la demanda que por DESALOJO  intento  la ciudadana  NORA AURISTELA RONDON,   asistida  por el Abogado   ALFREDO  RAFAEL  CIPRIANO  SEIJAS  PULIDO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°  101.239, en  contra  de la ciudadana  BLANCA  CECILIA  ARCILA  DE  GIANNINI,  este en su carácter de ARRENDATARIA y  la  primera de los  nombradas  en su carácter 
de ARRENDADORA,  de  un inmueble de su propiedad,  ubicado en la  Urbanización El Paseo, Calle 101,  casa 291, Municipio Mario Briceño Iragorry,  Estado Aragua, el cual tiene los siguientes linderos: Norte: Con la avenida 101; Sur: Con la parcela o casa 284; Este: Con la parcela o casa 290, y, Oeste: Con parcela o casa 292.-
Al hilo del presente fallo, queda resuelto.....