Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD de la demandada, ciudadana OLGA DE PINO, plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana EMMA FEBRES, antes identificada, mediante la cual demandó la Reivindicación del Inmueble.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencido, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-