DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la causa N° 8C-24.510-20, este Tribunal octavo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley publica el cuerpo integro de la decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Admite la acusación fiscal presentada en fecha 14-10-2019 por la Fiscalía 01º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en contra de la imputada AURA BRUNILDE SEIJAS GUZMAN, titular de la cedula de identidad N° V-9.651.671 por el delito de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado 174 y 218 ambos del Codigo Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios de prueba promovidos por el Ministerio Público, por ser legales, necesarios y pertinentes. TERCERO: Admitida la acusación, se impone a la ciudadana AURA BRUNILDE.....