D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
consumada LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, intentada por la ciudadana DIANA YOLEIDA PEÑA RAMIREZ, contra el ciudadano JORGE LUÍS RIVAS MARTINEZ, suficientemente identificados en autos. No hay condenatoria en costas de conformidad a lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Archivo definitivo del presente expediente. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico y a la parte demandante de la presente decisión. No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del procedimiento.
Publíquese, regístrese, déjese copia. --------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en
San Mateo, a los Quince (15) días del mes.....