en razón de ello, se declara inadmisible la prueba de informe promovida, conforme al artículo 398 eiusdem. Así se decide.
PRUEBA DE EXPERTICIA
Con relación a la promoción de la experticia medica solicitada, sobre la humanidad del Ciudadano TOMAS LEONARDO SILVA FERNANDEZ, se observa que el promoverte fundamenta su promoción a los fines de que se evalúe al estado físico del trabador y se determinen las causas que originaron al mismo, en caso que haya un diagnostico que confirme la certificación, este Tribunal admite la misma en cuanto ha lugar en derecho, por no ser ni ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y artículo 451 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, ordena oficiar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), Hospital José Carabaño Tosta ubicado en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua, a fin de dich.....