III. DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: HOMOLOGA el Desistimiento del Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada; todo en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano JUAN FRANCISCO ALVAREZ, contra las entidades de trabajo S.P.E. PROTECCIÓN ELECTRONICA C.A. y AUTOMERCADO LA MURALLA C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena la devolución del expediente al Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Proces.....