Este Tribunal Tercero de los Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos SAMUEL RAFAEL LADERA y YAJAIRA JOSEFINA CARRASQUEL CARRASQUERO, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Jefe Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el N° 323, Tomo 2do, del día 16 de Mayo del año 1.974. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.