DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada Ivis Josefina Rodríguez Castillo, en su carácter de Jueza del Tribunal Único de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio de esta Circunscripción Judicial, para conocer y decidir en la causa signada con el Nº NP01-P-20088-003234, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 89, del Código Adjetivo Penal Venezolano, concordado con los artículos 90 ejusdem y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Se ORDENA remitir el presente cuaderno de incidencia al Tribunal en el cual se desempeña actualmente la Jueza Inhibida, para que tome debida nota de lo decidido mediante la presente resolución judicial y; como quiera que no existe otro Tribunal de Juicio en la misma materia en esta Circunscripción Judicial, libre oficio a la Coordinación de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer esta Circunscripción Judicial, a los fines que se conforme un Tribunal Accidental con un Juez o Jueza distinto o distinta.