este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida Privativa de Libertad y en consecuencia dicta ORDEN DE CAPTURA en contra de los ciudadanos WLADIMIR ADRIAN GONZALEZ ROJAS, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-26.336.384, residenciado en: CASA N° 31 SECTOR LA COROMOTO CALLE LARA MARACAY ESTADO ARAGUA y FRANKLIN EDUARDO HERNANDEZ ESCORCHE, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-27.146.718, residenciado en: CASA N° 131 SECTOR LA COROMOTO CALLE ROMULO MARACAY ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Droga. Líbrese la correspondiente Orden de Captura. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Judicial Central. Ofíciese lo conducente.
EL JUEZ
ABG. RODOLFO ANTONIO AMPUEDA E.....