En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: GABRIEL ANTONIO KHAN BOSCHETTI y MARIA SOLEDAD MARCANO VIEITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.898.638 y V- 19.197.287 respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído, por ante el RegistroCivil del Municipio Puerto Cabello Parroquia Juan José Flores del estado Carabobo, según consta de acta inserta bajo el Nº 122, Folio 124, Tomo I del Año 2023, de los libros de Matrimonio Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzga.....