D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: PEDRO RIVERO VERENZUELA y ROSA TERESA CASTILLO DE RIVERO; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-4.409.031 y V-4.403.979 respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana: YENNNIFER CAROLINA RODRIGUEZ VIVAS, Abogado de libre ejercicio, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 147.067. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha veinte (20) de Diciembre del año mil novecientos sesenta y siete (1967) la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 108 según se evidencia de la CERTIFICACIÓN de.....