Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concede al decreto intimatorio dictado en fecha 21 de diciembre de 2006, la cualidad de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, conforme a lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de cuatro millones ochocientos mil bolívares exactos (Bs. 4.800.000,00), por concepto del capital de la letra de cambio demandada.
Publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes de la presente decisión y déjese copia certificada de la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay .....