DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, Admite el Recurso de Apelación interpuesto, por el abogado CORTES MELENDEZ IVAN DAVID, en sus carácter de defensor privados del ciudadano: MIÑONES APONTE EDUARDO JOSE, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 ordinales 4° y 5º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de febrero del presente año, con resolución judicial del 22-02-10, por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial, en la Audiencia Para Oír Al Imputado.
En consecuencia esta Sala de Apelaciones resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión.....