En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, no acuerda la medida solicitada contra la entidad de trabajo IPC INSTALACIONES C.A.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los dieciséis días de marzo de dos mil quince. 204º° de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA,
MARIA ELERIDA RUIZ.
EL SECRETARIO,
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