DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley: Se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto por la ciudadana KARLA SANTIAGO, Defensora Pública Auxiliar Centésima Sexta (106ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora de los ciudadanos ELISEO SUAREZ MAYORGA y JOSÉ ANTONIO MOLINA PANTA, titulares de las cédulas de identidad números E-88.186.846 y E-81.737.103, en consecuencia DECLINA el conocimiento del presente asunto en la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal y en estricto acatamiento a la Resolución Nº 2013-0025 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, pub.....