DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DESESTIMA EL DELITO DE USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: CONDENA, al acusado RAFAEL JHONY RIVERO PEROZA, titular de la cedula de identidad Nº V-29.527.353, fecha de nacimiento 03-09-1999, edad 21 años, profesión u oficio: Obrero, estado civil soltero, domiciliado en: SAN VICENTE, SECTOR CARMEN FLORES, CASA N° 64, CALLE PRINCIPAL, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena a cumplir LA PENA DE TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia .....