DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA: SUSTITUIR la Medida Privativa de Libertad impuesta al imputado ANIBAL JESÚS RON BENAVIDES, titular de la cédula de identidad Nro. V-12-273.055, por las medidas cautelares que se mencionan a continuación, en los términos que aquí se expresan: PRIMERO: Se impone al acusado de la medida cautelar sustitutiva contenida en el ordinal 2º, del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la sujeción y vigilancia a un familiar directo en primer grado de consanguinidad, el cual deberá prestar acta juramento por ante este Juzgado, previa verificación de los vínculos filiales exigidos, y demás requisitos identificatorios, y comprometerse conjuntamente con el mismo en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que este proceso le impone. SEGUNDO. Se impone al acusado.....