Por las razones de hecho y de derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo civil, Mercantil, del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por los abogados ANGEL F. LENTINO M., ALFREDO MANCINI, NANCY RODRÍGUEZ, EDGAR A. RODRÍGUEZ Y., e IDANIA MARTÍNEZ inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 71.954, 20.008, 139.924, 109.314, 125.514, en su condición de apoderados judiciales de los ciudadanos FRANCISCA RAMONA MORALES, RUTH ESTHER GUTIERREZ FERRER y ANGEL AQUILES BARRUETA TROCONIZ, contra la decisión de fecha 01 de marzo de 2.010, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación interpuesta contra el auto de admisión de la demanda dictado .....