De inmediato el Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida, hace entrega material del inmueble antes señalado e identificado, al ciudadano OSCAR GUERRA MACHADO, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.663.038, a travès de su apoderado judicial Abogado JUAN JOSE MEDINA, inpreabogado Nº. 49.727. En este estado el Apoderado judicial Abogado JUAN JOSE MEDINA, quien expone: recibo el inmueble en las condiciones en que se encuentra para mi representada, y en cuanto al embargo ejecutivo decretado, me reservo el derecho de embargar bienes propiedad de la parte demanda para otra oportunidad.