Ahora bien, delimitado lo anterior, este Tribunal Superior, Decreta la ejecución forzosa de la sentencia dictada el 15 de marzo de 2007, por este Juzgado confirmada por la Corte segunda de lo Contencioso Administrativo.
No obstante, a los fines de proveer lo solicitado observa este Juzgado Superior, que el artículo 159 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, dispone que vencido el lapso para la ejecución de la sentencia, el Tribunal determinará la forma y oportunidad de dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que en consecuencia, Decretada como quedo la Ejecución Forzosa, ordena la notificación de la ciudadana, FLORIMAR AUXILIADORA BOLIVAR PEREZ, titular de la cédula de identidad número 13. 869.184, a los fines de notificarle que una vez conste en autos la misma al día siguiente queda usted reincorporada a su puesto de trabajo en el cargo de Consejera de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Alcaldía del Municipio Linares Alcántara del estado Aragua, en virtud.....