Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, niega la admisión de la solicitud de llamamiento de terceros, formulada por la demandada CERMAR C.A., plenamente identificada en autos, por consiguiente se mantiene el llamado a la Celebración de la Audiencia Preliminar inicial, la cual tendrá lugar en el lapso establecido en el auto de admisión de la demanda (folio 14) y conforme a la certificación realizada por la Secretaria de este Juzgado de fecha 03-05-2013 (folio 48). Publíquese y regístrese la presente decisión, en Maracay, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año 2013.
LA JUEZA,
MARIA ELERIDA RUIZ
LA SECRETARIA
NORKA CABALLERO
En esta misma fecha se publico la presente decisión siendo las 9:10 a.m.
.....