Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por la ciudadana GREDARYS SIRAMAD AFANADOR CONTRERAS, identificada con la cedula de identidad N° V-18.473.454, contra el ciudadano JOSE GREGORIO NAVARRO MOGOLLON, identificado con la cedula de identidad N° V-18.884.463, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día nueve (09) de marzo del año 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 86, Año 2012, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016, de la Sala Constitucional del Tribun.....