Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de octubre de 2023, por el ciudadano RICARDO ALEXANDER SÁNCHEZ AFONSO, contra la sentencia dictada el 18 de octubre de 2023, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoara el ciudadano RICARDO ALEXANDER SÁNCHEZ AFONSO, contra la sociedad mercantil GRUPO DIMA, C.A.