En horas de Despacho del día de hoy, diecinueve( 19) de junio del dos mil seis, comparecen ante este Tribunal la ciudadanos Zairelys Gabriela Moncada Sánchez y Lino Gabriel Carrillo Carvallo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.471.805 y 12.123.805, DEMANDANTE y DEMANDADO respectivamente, asistido el demandado en la presente causa por la Abogada en ejercicio MAYRA GONZLEZ, Inscrita en Inpreabogado bajo el N° 23.181, con el objeto de realizar el convenimiento con relación a la pensión alimentaría a favor de la niña KATHALIE VALENTINA CARRILLO MONCADA en los siguientes términos:----
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar la cantidad de Bolívares Ciento cuarenta mil ( Bs. 140.000) mensual que serán depositados la cuenta de ahorro N° 01510041916003230687, en Fondo Común.-
SEGUNDO: El padre conviene en incluir a la niña en todos los beneficios de la empresa, tales como Seguro Social, Útiles Escolares, Juguetes de Navidad y gastos de .....