D I S P O S I T I V A
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA SEPTIMA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en los artículos 437 y 450 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Dr. WILLIAM ENRIQUE CLAVIJO OROZCO, en su carácter de Abogado Privado del ciudadano DANIEL ENRIQUE MARTÍNEZ PEREA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de fecha 10 de Mayo del presente año, mediante la cual ORDENÓ LA DETENCIÓN de su representado el ciudadano DANIEL ENRIQUE MARTÍNEZ PEREA.
Regístrese y publíquese.-