Atendiendo a todo lo expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos LEONOR D`ARAGO SEQUEA y JESÙS EDUARDO LORENZO MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.575.323 y V-13.992.039, respectivamente, y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta de Matrimonio Nº 325 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2009, de fecha 01 de septiembre del año 2009.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autori.....