Mediante este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: Se DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud interpuesta por la Defensora, ya que la demora en la celebración del juicio es atribuible a su defendido ESAUL MIGALLONES, titular de la cedula de identidad V- 26.127.39, por ende se mantiene la medida privativa que pesa sobre el mismo.- Regístrese la presente decisión, déjese copia, notifíquese y líbrese Boleta de Traslado al acusado para notificarlo de la decisión.-