Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara; PRIMERO: PERENCIÓN DE LA SEGUNDA INSTANCIA, con motivo RESOLUCIÒN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO de la apelación intentada por la parte demandada, ciudadano ALBERTO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.247.726, en representación del Fondo de Comercio "TAPICERIA CARACAS", representada por su apoderado judicial, Abogada NILSA MAGALIS SIFIONTES CONTRERAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.94.091, en contra de la decisión proferida en fecha 12 de Noviembre de 2.008 por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.