Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ACUERDA: PRIMERO:: DECLINAR LA COMPETENCIA al Tribunal de Ejecución del estado NUEVA ESPARTA, a los fines de supervisar el cumplimiento de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (6) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 614 en concordancia con 630 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Dado firmado y sellado en la ciudad de Maracay, a los dieciséis (16) días del mes de Julio del año Dos Mil siete.
LA JUEZA