HOMOLOGA en toda y cada una de sus partes la Transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ JIMÉNEZ, y la empresa VENEZOLANA DE LIMPIEZA, C.A, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Derechos Laborales, dándole efectos de cosa juzgada, y por cuanto consta en autos el cumplimiento total de lo acordado, se ordena el archivo del expediente.