Por todas las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Coordinación laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Canceladas las Prestaciones Sociales del ciudadano PEDRO JOSE MEJIAS ARAQUE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V- 14.550.907 y de este domicilio, por la Sociedad Mercantil DIVISIÓN DE SEGURIDAD INDUSTRIAL C.A. (DISEINCA)