Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. SU COMPETENCIA para conocer de la presente querella funcionarial ejercida por el abogado Ender Antonio Fernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.363, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ADALUCANNY JOSEFINA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.552.745, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de la ASAMBLEA NACIONAL.
2. PARCIALMENTE CON LUGAR la presente querella funcionarial y, en consecuencia:
2.1. SE DECLARA la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en el Punto de Cuenta Nº DGDH-DAP-DAL-0-239, de fecha 23 de julio de 2008, notificado el 22 de septiembre de 2008, mediante el cual fue removida y retirada la ciudadana Adalucanny Josefina Ferná.....