DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 11 de junio de 2015, por la abogada CAROLINA PIRELA ROMERO, Defensora Pública Penal Centésima Séptima (107º) de esta Circunscripción Judicial, actuando en su carácter de defensora del ciudadano CARLOS ALBERTO MARRERO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.809.005, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 4 de junio de 2015, por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó la privación .....