este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos JEAN CARLOS ECHEGAREDA PONCE, titular de la cedula de identidad N° V-27.588.072, Venezolano, de estado civil Soltero, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 08-01-2000, natural de Maracay, Estado Aragua residenciado en BARRIO 23 DE ENERO, CALLE TRUJILLO, CASA N° 34, MARACAY, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones que determine el Tribunal de Ejecución correspo.....