este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano SARAHI JOSEFINA ALFONZO AREVALO, titular de la cedula de identidad N° V-26.954.141, Venezolano, de estado civil Soltero, de 19 años de edad, FECHA DE NACIMIENTO: 18-06-1999, NATURAL VILLA DE CURA estado ARAGUA, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: BARRIO MUCURA II, CALLE LA ESPERANZA, CASA N° 78, VILLA DE CURA, ESTADO ARAGUA. TLF. 0424-3384534; a cumplir la pena de CUATRO AÑOS, CINCO MESES y DIEZ DIAS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionados en el Artículo 458 en relación con el 80 ambos del Código Penal Venezolano vigente para la fe.....