Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Social y otros conceptos, interpuesta por la ciudadana NURCELIS DEL VALLE MENDEZ MORALES, Venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad No.19.927.448, asistida por el abogado ROSBELD M. ALVAREZ ESCOBAR, Venezolana, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.92.463, actuando en su condición de Procurador Especial de Trabajadores del Estado Lara, contra la empresa demandada POOL TEXAS.,plenamente identificado en auto, de este domicilio,
SEGUNDO Se condena a la empresa demandada POOL TEXAS a que pague la reclamante ya ante identificada, la cantidad CATORCE MIL SETENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON DOS CENTIMOS (BsF......