Se decreta en contra del ciudadano Daniel Jeronimo Rodríguez, medida cautelar sustitutiva contemplada en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; asimismo se acuerda medida de protección a la victima de acuerdo a lo establecido en los numerales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.