DISPOSITIVA
Por los razonamientos de Hecho y de Derecho precedentemente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SEXTO (6°) EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO que fuere otorgada al ciudadano MARIO ADAN ALEN RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-5.391.461, de conformidad con lo dispuesto en el 479 numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, visto que el mismo en la presente fecha ha cumplido en su totalidad el tiempo que debía permanecer confinado, es decir, CUATRO (04) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS y DIECISEIS (16) HORAS. Así mismo se le ordena al ciudadano mencionado proceder a cumplir la obligación accesoria prevista en el artículo 13 del Código Penal, consistiendo la misma en la Sujeción de Vigilancia de la Autoridad Civil Competente, durante una .....