-III-
DECISIÓN
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) ha incoado BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil COPPER AND ALUMINIUM COMPANY, S.A., ampliamente identificados al inicio de este fallo, y como consecuencia de ello, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción alegada por la representación judicial de la demandada.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil COPPER AND ALUMINIUM COMPANY, S.A., a pagar a la actora las siguientes cantidades de dinero:
(...OMISSIS...)
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Merca.....