Con fundamento en las consideraciones explanadas precedentemente, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuso la ciudadana MARÍA ANGULO GHINAGLIA contra la ciudadana MERCEDES TOLEDO GARCÍA, identificadas supra y en consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre la demandada y la Agencia Ferrer Palacios, C.A. el día 19 de junio de 1962, sobre el inmueble antes identificado, propiedad de la demandante. A tales efectos, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: ENTREGAR a la parte actora el siguiente bien inmueble: Casa-quinta No. 56, ubicada en la Avenida El Paseo, de la Urbanización Los Rosales, Parroquia Santa Rosalía, Caracas, Distrito Capital, libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió al inicio de la relación arrendaticia.
SEGUNDO: PAGAR a la part.....