En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos OLIVER ENMANUEL ALFONZO PURICA y WENDY SANSANO ANGLES, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 5 de diciembre de 2003, ante el Consejo Municipal del Municipio Los Salías del estado Miranda, todo lo cual consta de acta que corre inserta bajo el Nº 130, de los Libros de Registro Civil llevado al efecto por ese Despacho durante el año 2003.