DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, YSBETIA ROCIO GONZALEZ ZAMORA y WILHELM RAINER MODL TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.889.361 y 11.038.538, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha veintisiete (27) de Marzo de 2001.-
TERCERO: Líbrese sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, asimismo líbrese sendas copias certificadas a l.....