Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Yajaira Salazar Contreras, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Naudy de Jesús Piña, contra la decisión dictada en Audiencia Oral de conformidad con el artículo 88 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia celebrada en fecha 23 de Abril de 2009 y fundamentada en fecha 27 de Abril del mismo año, por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual ratificó las medidas de seguridad impuestas por el Ministerio Público e impuso a su defendido la obligación de cumplir con sus obligaciones de manutención de sus hijas a.....