REPONE LA CAUSA al estado de citar nuevamente al Defensor judicial, a fin de que conteste la demanda y realice todos las gestiones necesarias para que cumpla a cabalidad con su cargo. Se insta al Alguacil del Tribunal a fin de que practique la citación de la ciudadana CARMEN JULIA MILLAN AVECEDO, en su carácter de Defensora Judicial designada.-